REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, siete (07) de agosto de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha veintiséis (26) de septiembre de dos mil once (2011), el Juzgado Superior Contenciosos Administrativo de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella funcionarial interpuesta por el abogado Ricardo Octavio GARCÍA VIANA (INPREABOGADO Nº 44.069), actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano GUSTAVO ORESTE AGUILERA VIANA (Cédula de Identidad Nº 6.625.306), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO y transcurrido con creces el lapso de apelación sin que las partes lo ejercieran, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar declara TERMINADA la causa, en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente constante de una (01) pieza conformada por setenta y nueve (79) folios útiles.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA

Exp. Nº JE41-G-2006-000113
RADZ/GCAE/ydsp