REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
ALTAGRACIA DE ORITUCO
Actuando en Sede Civil
209º y 160º
Altagracia de Orituco, doce (12) de agosto de (2.019).-
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA Nro. 04-12082019.-
ASUNTO: SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.- DEJÁNDOSE A SALVO LOS DERECHOS TERCEROS.-
SIGNO DE LA RESOLUCIÓN: CON LUGAR LA DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
SOLICITANTE: MARIA VIRGINIA VALIENTE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.308.582, de este domicilio.-
ABOGADO ASISTENTE: LOURDES OLIMPIA GUACARAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 162.285
SOLICITUD: Nro. 19-8.492.-
I
En esta misma fecha, se recibió por distribución, la anterior solicitud presentada por la ciudadana MARIA VIRGINIA VALIENTE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.308.582, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio LOURDES OLIMPIA GUACARAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 162.285, actuando en ejercicio de sus propios derechos civiles, de sus hijos ALEXIS ELADIO FIGUEROA VALIENTE, RAFAEL MAGDALENO FGUEROA VALIENTE, ALBERTO ANTONIO FIGUEROA VALIENTE, MILEIDY MARITZA FIGUEROA VALIENTE y del ciudadano OSCAR ANTONIO FIGUEROA MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.365.033, 8.809.815, 8.809.814, 12.512.801 y 8.765.011, a los fines de que se les tenga como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ALBERTO ANTONIO FIGUEROA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 2.396.458, fallecido ab- intestato en el Centro Medico Orituco de esta misma ciudad de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, en fecha 15-11-2018, a causa de INSUFICIENCIA RESPIRATORIA AGUDA, MIOCARDIOPATIA CRONICA, INSUFICIENCIA CARDIACA, HIPERTENSION ARTERIAL SISTEMICA ESTADIO II.-
II
Se evidencia del contenido del ACTA DE DEFUNCIÓN, signada con el Nro. 331 de fecha 26/11/2018, emitida por el Registro Civil de la Parroquia Altagracia de Orituco del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, anexada en copia certificada, cursante al folio dieciséis (16) del presente asunto, ACTA que de conformidad con lo previsto en el Artículo 12 de la Ley de Registro Civil, se valora como plena prueba, pero dejándose a salvo los derechos de terceros.- En cuanto a las TESTIMONIALES de los ciudadanos JOSELIN DE JESUS MEJIAS GUACARAN y ELLIDIO RAFAEL TORREALBA ANAUDE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 18.352.979 y V- 10.274.956, respectivamente, estas se valoran como pleno indicio, conforme al artículo 12 ejusdem, a los fines de establecer que el De Cujus ALBERTO ANTONIO FIGUEROA, deja como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a su esposa MARIA VIRGINIA VALIENTE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.308.582 y a sus hijos ALEXIS ELADIO FIGUEROA VALIENTE, RAFAEL MAGDALENO FGUEROA VALIENTE, ALBERTO ANTONIO FIGUEROA VALIENTE, MILEIDY MARITZA FIGUEROA VALIENTE y OSCAR ANTONIO FIGUEROA MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.365.033, 8.809.815, 8.809.814, 12.512.801 y 8.765.011, todos de este domicilio, dejándose a salvo los derechos de terceros.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Código Adjetivo, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos sobre los bienes dejados por el De Cujus ALBERTO ANTONIO FIGUEROA, a su esposa MARIA VIRGINIA VALIENTE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 4.308.582 y a sus hijos ALEXIS ELADIO FIGUEROA VALIENTE, RAFAEL MAGDALENO FGUEROA VALIENTE, ALBERTO ANTONIO FIGUEROA VALIENTE, MILEIDY MARITZA FIGUEROA VALIENTE y OSCAR ANTONIO FIGUEROA MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.365.033, 8.809.815, 8.809.814, 12.512.801 y 8.765.011, todos de este domicilio.- Así se declara.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester al solicitante y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil. Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del Estado Guárico. En Altagracia de Orituco, a los doce (12) días del mes de Agosto de dos mil diecinueve (2.019).- Años 209º de la Independencia y 160º de la Federación.-
El Juez,
Abg. ASTROBERTO H. LOPEZ L.-
La Secretaria Temporal,
ABG. MARIA PRIETO DE TALAMO.-
En ésta misma fecha siendo las 12:40 p.m. se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.-
La Secretaria Temporal,
AHLL/mp.-
Sol. Nro. 19-8.492.-
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