REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
ALTAGRACIA DE ORITUCO
Actuando en Sede Civil

Altagracia de Orituco, 14 de Agosto del Año 2.019.-

209º y 160º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: HEIDI CAROLINA CHACIN BOCCHINO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.081.851, de este domicilio.-
ABOGADO ASISTENTE: MIGUEL ANGEL RAMOS INFANTE, Inpreabogado Nro. 261.569.-
NRO. DE SOLICITUD: 19-8.495.-
Nro. SENTENCIA: 06-14082019.-
I
Vista la solicitud presentada por la ciudadana HEIDI CAROLINA CHACIN BOCCHINO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.081.851, asistida del abogado MIGUEL ANGEL RAMOS INFANTE, Inpreabogado Nro. 261.569, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de Terreno Municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la AUTORIZACIÓN MUNICIPAL, consignada junto a la Solicitud que las bienhechurías se encuentran ubicadas en la vereda 01 de la Urbanización José Francisco Torrealba (Camoruco), Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, constante de una superficie de MIL OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (1084,80 Mts2/cm2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Terreno Municipal, en veintitrés metros con diez centímetros (23,10 Mts/cm); Sur: Vereda 01, que es su frente en veintidos metros con diez centímetros (22,10 Mts/cm); Este: Locales comerciales de Aniceto Pérez Martín, en cuarenta y ocho metros (48,00 Mts/cm) y Oeste: Galpón que es o fue de Sabas Rodrigo Rodríguez, en cuarenta y ocho metros (48,0440Mts/cm).- Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos VICTOR ALONZO PIÑATE HERRERA y EDGAR ALEXIS CASTRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 9.883.390 y 8.765.873 respectivamente, las cuales son valoradas como levantamiento de las bienhechurías sobre el Terreno Municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Código Adjetivo, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías descritas a favor de la ciudadana HEIDI CAROLINA CHACIN BOCCHINO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 17.081.851, de este domicilio.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a los solicitante y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil.- Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En Altagracia de Orituco, a los catorce (14) días del mes de Agosto de dos mil diecinueve (2.019).- Años 209º de la Independencia y 160º de la Federación.-
El Juez,

ABG. ASTROBERTO H. LOPEZ LORETO.-
La Secretaria Temporal,

Abg. MARIA PRIETO DE TALAMO.-
En ésta misma fecha siendo las 12:30 p.m., se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.---------------------------------------------------------------------------------------


La Secretaria Temporal,


AHLL/mp.-
Sol. Nro. 19-8.495.-