REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, doce (12) de diciembre del dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Visto que en fecha nueve (09) de junio de dos mil diecisiete (2017), este Juzgado dicto sentencia Nº PJ0102017000068, en la que declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada Giselle CHEDIAK (INPREABOGADO Nº 125.956) actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano YONATAN ALEXANDER BRICEÑO SALAZAR (Cédula de Identidad Nº 19.448.356), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO), y por cuanto contra el aludido fallo no se interpuso recurso alguno, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar se declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, constante de una (01) pieza principal conformada por ochenta y siete (87) folios útiles y un cuaderno separado contentivo de expediente disciplinario conformado por ciento sesenta y nueve (169) folios útiles.
El Juez



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario Temporal,



Abog. CALVIN DE J. TOVAR BOYER


Exp. JP41-G-2016-000009
RADZ/CDJTB/ngga