REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cinco (05) de diciembre del dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Visto que en fecha treinta (30) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), este Juzgado dicto sentencia Nº PJ0102017000142, en la que declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Juan José TOVAR ÁRIAS (INPREABOGADO Nº 46.978) actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano AGUSTÍN BOYER LAUCHO (Cédula de Identidad Nº 11.366.405), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO), y por cuanto contra el aludido fallo no se interpuso recurso alguno, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar se declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por una (01) pieza principal contentiva de trescientos treinta y tres (333) folios útiles.
El Juez



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario Temporal,



Abog. CALVIN DE J. TOVAR BOYER


Exp. JE41-G-2012-000006
RADZ/CDJTB/ngga