REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 17 de Enero de 2019.

Visto que han transcurrido íntegramente los lapsos establecidos en el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil, para que este Juzgado Superior dicte sentencia en la presente Medida de Protección Agrícola interpuesta por el ciudadano Lisandro José Vargas Méndez, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.971.898, asistido judicialmente por el abogado Roberto Antonio Romero Verenzuela, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.043.794, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 242.764, sobre un lote de terreno denominado “La Vega y Potrerito II”, ubicado en el Sector Salto-Potrerito, carretera principal, San Juan de los Morros, Municipio Juan Germán Roscio Nieves, del estado Guárico, constante de cinco hectareas con seis mil ciento noventa y seis metros cuadrados (05 has con 6.196 mts2) el primer lote de terreno y de siete hectareas con seiscientos sesenta y tres metros cuadrados (07 has con 663 mts2) el segundo lote de terreno, alinderado de la siguiente manera: Norte: Terreno de la ciudadana Ana Vargas, Sur: Terreno d la familia Zambrano; Este: Carretera Mala cabeza y Oeste: Sector Potrerito.
Ahora bien, este Tribunal según el principio de inmediación señalado en la sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 08 de noviembre de 2018, con Ponencia de la Magistrada Mónica Gioconda Misticchio Tortolerella, en el expediente N° AA60-S2016-000678, estableció entre otras cosas que “el Juez es el rector del proceso especial agrario, y debe tener una vinculación directa con el bien agrario y los aspectos relacionados al mismo, así como las persona involucradas, todo en procura de conocer la realidad de los hechos que permite resolver el conflicto atendido a los principios de justicia social expedita y tutela judicial efectiva”; en consecuencia éste Tribunal ordena fijar inspección judicial para el día veinticinco (25) de enero del 2019, en el lote de terreno antes identificado, líbrese oficios a la Dirección Administrativa Regional, a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, y a la Oficina Regional de Tierras con sede en esta ciudad de San Juan de los Morros, con el objeto de hacer de su conocimiento la fecha y hora en la cual se ejecutara la Inspección Judicial y que designe un experto en la materia adscrito a esa Oficina Regional, para que apoye técnicamente a este Juzgado en la realización de dicha inspección, asimismo particípese al apoderado judicial del Instituto Nacional de Tierras (INTI), Abogado: Greiner Marín, mediante correo electrónico: abggreinermarin@hotmail.com.



EL JUEZ,
DR. JOSÉ BERMEJO
EL SECRETARIO
DELVIS MENDEZ


EXP. N° JSAG-534-2018
JB/DM/LP.-