REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de enero de dos mil diecinueve (2019)
208º y 159º

Visto que en fecha veintidós (22) de enero del año en curso, el abogado Luis DA SILVA (INPREABOGADO Nº 69.147), actuando con el carácter de apoderado judicial de las ciudadanas JESSICA DIANA VELÁSQUEZ LARA (Cédula de Identidad Nº v-. 18.407.946) y QUIRIAN VANESA VELÁSQUEZ LARA (Cédula de Identidad Nº v-. 24.791.100), mediante diligencia consignó fotostatos necesarios a los fines de aperturar cuaderno separado contentivo de medida cautelar ordenado mediante decisión Nº PJ0102019000001, de fecha once (11) de enero de dos mil diecinueve (2019), por lo que este Juzgado, abre el respectivo cuaderno.
El Juez,




Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria Temporal,




Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA




Exp. Nº JP41-G-2018-000021
RADZ/GCAE/ngga