REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 05 de febrero de 2019.
(208º y 159º)


EXPEDIENTE Nº JSAG-551-2018.

Firme como se encuentra la sentencia dictada por este Juzgado Superior Agrario, en fecha 23 de enero del año 2.019, relacionada con el expediente Nº JSAG-551-2018, contentivo del Recurso de Apelación, interpuesto por los ciudadanos Félix María Hurtado Bejas y Aleida de Jesús Hurtado Niño, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.943.145 y V-17.201.663, respectivamente, asistidos judicialmente por el abogado Miguel Felipe Molina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.632.912, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 53.176, contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial el Estado Guárico, de fecha 12 de noviembre de 2018. En consecuencia este Tribunal ordena la remisión del presente expediente mediante oficio al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a los fines de dar cumplimiento al dispositivo de la sentencia.


EL JUEZ,
DR. JOSÉ BERMEJO
EL SECRETARIO,
DELVIS MENDEZ






Exp. Nº JSAG-551-2018.
JAB/DM/