REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, doce (12) de febrero de dos mil diecinueve (2019)
208º y 159º

Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2018-000314, nomenclatura de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, mediante oficio Nº 2019-0075, de fecha treinta (30) de enero de dos mil diecinueve (2019), relacionado con el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano ANDY JOSÉ PEREIRA CEBALLO (Cédula de Identidad Nº 26.133.964), asistido de abogado. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida Corte en fecha doce (12) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), la cual declaró “…1.- Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación interpuesto en fecha 23 de julio de 2018, por el Apoderado Judicial de la parte recurrente, contra la sentencia de fecha 18 de julio de 2018, dictada por el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico que declaró “INADMISIBLE” el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano ANDY JOSÉ PEREIRA, debidamente asistido por el abogado Arístides Morales, contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS. 2.- SIN LUGAR la apelación ejercida. 3.- CONFIRMA la sentencia apelada…”, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena darle entrada al asunto y registrar su REINGRESO en los libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria Temporal,


Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA

Exp. Nº JP41-G-2018-000015
RADZ/GCAE/ngga