REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
ALTAGRACIA DE ORITUCO
Actuando en Sede Civil

Altagracia de Orituco, 27 de Febrero del Año 2.019.-

208º y 160º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: LEONOR JOSEFINA SANTAMARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.916.232, de este domicilio.-
NRO. DE SOLICITUD: 19-8.445.-
Nro. SENTENCIA: 08-27022019.-
I
Vista la solicitud presentada por la ciudadana LEONOR JOSEFINA SANTAMARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.916.232, de este domicilio, asistida por el abogado JOSE MIGUEL DEL CORRAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 15.904, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de Terreno Propio, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia del documento de COMPRA VENTA del terreno, debidamente protocolizado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe del Estado Guárico, nueve (09) de Abril del año dos mil tres (2.003), anotado bajo el Nro. 36, folios 323 al 327, Protocolo Primero, Tomo 1, Segundo Trimestre, ubicado en la Transversal Nro. 2 de la calle Nro. 5, Prolongación de la calle Guárico, Las Mayitas de esta ciudad de Altagracia de Orituco del Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, constante de una superficie de QUINIENTOS TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS (537,04 Mts2/cm2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Transversal Nro. 2, de la parte alta de las Colina del Orituco, que es su frente, en diecinueve metros con un centímetros (19,01 Mts/cm); Sur: Solar y casa de la familia Laya, en diecisiete metros con veinte centímetros (17,20 Mts/cm); Este: Terreno de Douglas Rafael Santamaría, en veinticinco metros (25,00 Mts/cm) y Oeste: Solar y casa de Eloisa Santamaría, en veinticinco metros con cuarenta centímetros (20,40 Mts/cm).- Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los ciudadanos NICSON JOSE LAYA MORALES y MIRNA CAROLINA GALEA VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 15.453.767 y 15.452.636 respectivamente, las cuales son valoradas como levantamiento de las bienhechurías sobre el Terreno propio anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Código Adjetivo, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías descritas a favor de la ciudadana LEONOR JOSEFINA SANTAMARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.916.232, de este domicilio.- Dejándose a salvo los derechos de terceros.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a la solicitante y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil.- Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En Altagracia de Orituco, a los veintisiete (27) días del mes de Febrero de dos mil diecinueve (2.019).- Años 208º de la Independencia y 160º de la Federación.-
El Juez Provisorio,

ABG. ASTROBERTO H. LOPEZ LORETO.-
La Secretaria Temporal,


Abg. MARIA PRIETO DE TÁLAMO.-
En ésta misma fecha siendo las 02:35 p.m., se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.---------------------------------------------------------------------------------------

La Secretaria Temporal,

AHLL/mt.-
Sol. Nro. 19-8.445.-