REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de julio del dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Visto que en fecha doce (12) de junio de dos mil diecinueve (2019), este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102019000021 en la que declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano ANTONIO JOSÉ CALDERA RIVAS (Cédula de Identidad Nº 21.336.176) asistido por el Defensor Publico el abogado Amilkar PERDONO ZIEMS (INPREABOGADO Nº 75.540), contra la SUPERINTENDENCIA NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIOECONÓMICOS (SUNDDE), y por cuanto contra el aludido fallo no se interpuso recurso alguno y no queda nada pendiente por ejecutar este Tribunal, acuerda de conformidad con lo solicitado y declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada, declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, constante de una (01) pieza principal conformada por treinta y siete (37) folios útiles.
El Juez



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria Accidental,




Abog. DIXGINETT DEL V. GRATEROL AVILA



Exp. JP41-G-2018-000007
RADZ/DDVGA/ngga