REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de julio de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Revisadas las actuaciones del presente asunto, contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano YRVING JESÚS GUZMÁN MEDINA (Cédula de Identidad Nº V-11.116.349), asistido de abogada, contra la SUPERINTENDENCIA NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIOECONÓMICOS (SUNDDE), este Juzgado advierte que:
Celebrada como ha sido la audiencia definitiva y sustanciado por completo el expediente, este Juzgado, en aras de garantizar la tutela judicial efectiva, ordena dictar auto para mejor proveer, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a los fines de que el Procurador General de la República, en un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación, remita a este órgano jurisdiccional Expediente Administrativo del ciudadano YRVING JESÚS GUZMÁN MEDINA (Cédula de Identidad Nº V-11.116.349). Líbrese oficio.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA

Exp. Nº JP41-G-2018-000006
RADZ/GCAE/ydsp