REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintinueve (29) de julio de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Visto que en fecha veinticinco (25) de julio de dos mil diecinueve (2019), este Juzgado mediante decisión Nº PJ0102019000032 declaró PROCEDENTE la impugnación planteada por el abogado Simón Díaz (INPREABAGADO Nº 157.114), contra el Poder Apud Acta otorgado por la Síndica Procuradora del Municipio Juan Germán Roscio Nieves del estado Bolivariano de Guárico a los abogados Adixon GARCÍA FLORES y Yunior Rafael CEBALLOS PINTO en el Recurso de Nulidad interpuesto conjuntamente con medida preventiva por el referido abogado, actuando en su nombre, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. De conformidad a lo previsto en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal se ordena notificar a la ciudadana SÍNDICA PROCURADORA del referido Municipio. Líbrese el oficio respectivo.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA


Exp. Nº JP41-G-2019-000009
RADZ/GCAE/ydsp