REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cuatro (04) de julio de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º
Visto que en fecha veinticinco (25) de junio de dos mil diecinueve (2019), este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102019000024 en la cual declaró INADMISIBLE la demanda por vías de hecho, interpuesta por el abogado Juan Bautista AGUIRRE NAVAS (INPREABOGADO Nº 8.049), actuando en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano RENNY DE JESÚS ROJAS CONTRERAS (Cédula de Identidad Nº V-20.183.515), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO y ordenó notificar de la aludida decisión, por lo que, este Tribunal libra las notificaciones respectivas. Líbrense oficios.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria Acc,
Abog. DIXGINETT DELV. GRATEROL AVILA
Exp. Nº JP41-G-2019-000007
RADZ/DDVGA/ydsp