REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, nueve (09) de julio de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º
Visto que en el presente asunto se encuentra vencido el lapso para la presentación de informes a que se refiere el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se da inicio al lapso para dictar sentencia en el asunto marras, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la aludida Ley, a partir de la presente fecha exclusive.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA
Exp. Nº JP41-G-2018-000010
RADZ/GCAE/ngga