REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, nueve (09) de julio de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Visto que en el presente asunto se encuentra vencido el lapso para la presentación de informes a que se refiere el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se da inicio al lapso para dictar sentencia en el asunto marras, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la aludida Ley, a partir de la presente fecha exclusive.
El Juez,




Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,




Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA










Exp. Nº JP41-G-2018-000010
RADZ/GCAE/ngga