REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veinte (20) de junio de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º
Vista la consignación de fecha diecinueve (19) de junio de dos mil diecinueve (2019), por el ciudadano Jorge Martínez, en su carácter de Alguacil de este Juzgado, mediante la cual consignó boleta de notificación Nº 2019-032 dirigida al ciudadano CARLOS ALBERTO FERNÁNDEZ PARRA (Cédula de Identidad Nº 20.246.646), y expuso: “Se hace constar que en fecha dieciocho (18) de junio de dos mil diecinueve (2019), siendo las 10:00 am me traslade a la siguiente dirección: Avenida los Llanos, Edificio Juma, piso 2, oficina Nº 14, San Juan de los Morros estado Bolivariano de Guárico; a notificar al ciudadano CARLOS ALBERTO FERNÁNDEZ PARRA (Cédula de Identidad Nº 20.246.646) o en la persona de su apoderado judicial. Se toco la puerta de la oficina no atendiendo al llamado, no siendo posible la entrega de la Boleta. Asimismo el día diecinueve (19) de junio de dos mil diecinueve (2019), siendo las 10:45am se volvió a ir a la dirección antes mencionada, arrojando el mismo resultado no siendo posible la entrega de la Boleta, razón por la cual resultó infructuosa la Notificación y por ello, se consigna al expediente con el cual se relaciona conjuntamente con la presente nota de alguacil”, en virtud de lo cual, se ordena librar nueva boleta de notificación dirigida al mencionado ciudadano a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Tribunal. Líbrese boleta.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA
Exp. Nº JP41-G-2014-000023
RADZ/GCAE/ngga