REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cuatro (04) de junio de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Vista la decisión dictada por este Juzgado Superior Contencioso Administrativo en fecha treinta (30) de abril de dos mil diecinueve (2019), bajo el Nº PJ0102019000015, mediante la cual se declaró INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por la ciudadana ANA DE JESÚS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ (Cédula de Identidad Nº 11.117.864), asistida por el abogado Pedro ROMÁN MORENO (INPREABOGADO Nº 72.642), contra la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, y vencido como se encuentra el lapso para que las partes ejercieran el recurso correspondiente sin haberlo interpuesto, este Juzgado ordena remitir el presente asunto a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,




Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA





Exp. Nº JP41-G-2019-000008
RADZ/GCAE/ngga