REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA CAMAGUAN Y SAN JERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.

CALABOZO, 14 DE JUNIODEL 2019
209º y 160º
DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS
De conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, procede esta Juzgadora a señalar las partes y sus apoderados, a cuyo efecto establece:
SOLICITANTE: SANDY MARIELA ALVAREZ BATA y PLINIO JOSE RICO ARVELAIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad números 11.796.621 y 12.476.208, respectivamente.
ABOGADO ASISTENTE: MANUEL ALEJANDRO SOTO CORONADO, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.760.127 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 286.856.
MOTIVO: DIVORCIO 693
TIPO DE SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO (Terminado)
I
De una revisión exhaustiva a las actas procesales que conforman la presente demanda, se puede evidenciar que la sentencia dictada en el presente litigio quedo definitivamente firme, por cuanto de autos se evidencia que el presente asunto no existen más actuaciones que realizar, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda Camagua y San Gerónimo de Guayabal del Estado Guarico, declara terminado el proceso y ordena su remisión al archivo inactivo en su oportunidad. Así se decide.
LA JUEZ
ABG. MAYRA URBANEJA ZABALETA
LA SECRETARIA.

ABG. LILY JIMENEZ
En esta misma fecha se Registro y Público la anterior decisión bajo el N° 137-19, siendo las 11:00 a.m. La Secretaria
Exp. N° 1969-19
MUZ/LJ*Yusmery.