Caracas, veintiuno de marzo de dos mil diecinueve
208º y 160º

ASUNTO : AP31-S-2019-000586
SOLICITANTES: ciudadanos CARDENAS ROSALES MARIELY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-16.321.537 asistida por la abogada MAIGUALIDA JOSEFINA BRACAMONTE RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado, bajo el numero 162.347.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.

Se inició la presente solicitud, mediante escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio con sede en Los Cortijos de Lourdes, en fecha 07 de febrero de 2019, correspondiendo el conocimiento de la misma a este Tribunal.
En fecha 11 de febrero de 2019, este Tribunal dictó auto mediante el cual se le dio entrada a la presente solicitud de titulo supletorio, y se instó a la interesada a consignar mapa de ubicación del inmueble debidamente actualizado, dándole un lapso perentorio de 20 días continuos.
En este estado transcurrido en exceso como ha sido el lapso establecido por este Juzgado en fecha 11 de febrero de 2019, a saber: 12; 13; 14; 15; 16; 17; 18; 19; 20; 21; 22; 23; 24; 25; 26; 27; 28, de febrero, 01; 02; 03; 04; 05; 06; 07; 08; 09; 10; 11; 12; 13; 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 de marzo de 2019, para que la parte interesada consignara lo solicitado en el auto en referencia, en virtud de que el mismo es un requisito fundamental para la tramitación de la presente solicitud y visto que hasta la presente fecha no han comparecido por ante este Tribunal a consignar lo solicitado; es forzoso para este Juzgado declarar INADMISIBLE la presente solicitud.- Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZA,


Dra. JENNY MERCEDES GONZÁLEZ FRANQUIS.
LA SECRETARIA,


Abg. IVONNE M. CONTRERAS R
JMGF/IMCR/SESC.-