REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, doce (12) de noviembre del dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Visto que en fecha treinta (30) de abril de dos mil catorce (2014), este Juzgado dicto sentencia Nº PJ0102014000045, en la que declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada Belkis FIGUERA CARPIO (INPREABOGADO Nº 61.267) actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana YOLIMAR RUÍZ ALCALÁ (Cédula de Identidad Nº 11.124.750), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, y en fecha diecisiete (17) de julio del año dos mil catorce (2014), la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo (hoy Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo), dictó sentencia Nº 2014-1138 en la que declaró FIRME el fallo dictado por este Tribunal, en virtud de ello y por cuanto el expediente fue totalmente sustanciado, no habiendo alguna otra actuación por realizar, este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo de dicho expediente, conformado por una (01) pieza principal contentiva de doscientos cuarenta (240) folios útiles.
El Juez



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA



Exp. JE41-G-2012-000007
RADZ/GCAE/ngga