REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cinco (05) de noviembre del dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Visto que en fecha veintidós (22) de noviembre de dos mil doce (2012), este Juzgado dictó sentencia Nº 2012-000132 en la que declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado LUIS ALLEGRI ESPEJO (INPREABOGADO Nº 92.837), actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos RAMÓN AMBROSIO MORA HERNÁNDEZ (Cédula de Identidad Nº 11.666.007) y JOSÉ REINALDO MARANTE VILLEGAS (Cédula de Identidad Nº 13.852.736), contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (C.I.C.P.C), y por cuanto contra el aludido fallo no se interpuso recurso alguno y no queda nada pendiente por ejecutar este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, constante de una (01) pieza principal conformada por ciento veinte (120) folios útiles.
El Juez



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,




Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA



Exp. JE41-G-2009-000007
RADZ/GCAE/ngga