REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cinco (05) de noviembre del dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Visto que en fecha once (11) de mayo de dos mil doce (2012), el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua dictó sentencia en la que declaró SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el abogado Juan REYES LOZANO (INPREABOGADO Nº 45.387) en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LIGIA NAVAS DE MORENO (Cédula de Identidad Nº 4.310.598), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LAS MERCEDES DEL LLANO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, y en fecha cuatro (04) de diciembre de dos mil trece (2013) se declaró DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia, en virtud de ello y por cuanto el expediente fue totalmente sustanciado, no habiendo alguna otra actuación por realizar, este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo de dicho expediente, conformado por una (01) pieza contentiva de ciento cincuenta y dos (152) folios útiles.
El Juez


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA






Exp. JE41-G-2009-000009
RADZ/GCAE/ngga