REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de noviembre dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Visto que en esta misma fecha, se recibió por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado, oficio Nº 671-A /2019, proveniente del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el cual remiten un (01) cuaderno separado y dos (02) piezas de expedientes administrativos, correspondiente al recurso de nulidad Nº JE41-G-2010-000021 (Nomenclatura de este Juzgado) interpuesto por la sociedad mercantil SOLAGRO, C.A., contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE SAN JUAN DE LOS MORROS DEL ESTADO GUÁRICO, se ordena agregarlas a dicho expediente y no quedando nada pendiente por ejecutar y por cuanto se encontraba cerrado y archivado el expediente se hace constar que cuenta con dos (02) piezas principales la Nº (01) conformada por cuatrocientos ochenta y nueve (489) folios útiles, la Nº (02) conformada por ciento noventa y ocho (198) folios útiles, dos (02) cuadernos separados el Nº (01) conformado por nueve (09) folios útiles, y el Nº (02) conformado por ciento seis (106) folios útiles, dos (02) expedientes administrativos el Nº (01) conformado por cuatrocientos ochenta y nueve (489) folios útiles y el Nº (029 conformado por veintidós (22) folios útiles.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA


La Secretaria.



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA





Exp. Nº JE41-G-2010-000021
RADZ/GCAE/ngga