REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, siete (07) de noviembre del dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º
Visto que en fecha catorce (14) de noviembre de dos mil once (2011), el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua, (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico), dictó sentencia en la que declaró INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana SUCTERLANDIA SOJO DE ARVELAIZ (Cédula de Identidad Nº 7.278.271) de abogado, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, y por cuanto contra el aludido fallo no se interpuso recurso alguno y no queda nada pendiente por ejecutar este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y TERMINADA la causa, en consecuencia ordena el cierre y archivo del presente expediente, constante de una (01) pieza principal conformada por setenta y siete (77) folios útiles y un cuaderno separado contentivo de antecedentes administrativos conformado por setenta y seis (76) folios útiles.
El Juez
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA
Exp. JE41-G-2009-000055
RADZ/GCAE/ngga