REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
Actuando en Sede Civil

Altagracia de Orituco, 16 de Diciembre de 2.019.-

209º y 160º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTE: ANA ROSA RUIZ DE MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nro. V- 4.347.846, de este domicilio.-
ABOGADO ASISTENTE: EICHLER RAFAEL HERNANDEZ ORTUÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 255.843.-
NRO. DE SOLICITUD: 19-8.536.-
Nro. SENTENCIA: 03-16122019.-
I
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ANA ROSA RUIZ DE MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.347.846, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio EICHLER RAFAEL HERNANDEZ ORTUÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 255.843, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de Terreno Municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la AUTORIZACIÓN MUNICIPAL, consignada junto a la solicitud que las bienhechurías se encuentran ubicadas en la Avenida Santa Teresa, Sector Chimborazo de esta ciudad de Altagracia de Orituco del Municipio José Tadeo Monagas, Estado Guárico, constante de una superficie de TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS CUADRADOS (398,60 Mts2/cm2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Avenida Santa Teresa, que es su frente, en veinte metros con cincuenta centímetros (20,50 Mts/cm); Sur: Terreno y construcción de Andry J. Meza Ruiz, en dieciséis metros con ochenta centímetros (16,80 Mts/cm); Este: Camino vecinal, en veintiún metros con ochenta centímetros (21,80 Mts/cm) y Oeste: Solar y casa de Adriana Gutiérrez, en veintiún metros con cincuenta y ocho centímetros (21,58 Mts/cm).- Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de las ciudadanas MARLENE TISISAY FUENTE ESTANGA Y JUANA RAMONA MARTINEZ PEÑA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.366.378 y 12.118.349 respectivamente, las cuales son valoradas como levantamiento de las bienhechurías sobre el Terreno Municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Código Adjetivo, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías descritas a favor de la ciudadana ANA ROSA RUIZ DE MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.347.846, de este domicilio.- Dejándose a salvo los derechos de terceros.- Así se decide.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a la solicitante y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil.- Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En Altagracia de Orituco, a los dieciséis (16) días del mes de Diciembre de dos mil diecinueve (2.019).- Años 209º de la Independencia y 160º de la Federación.-
La Jueza Temporal,

ABG. MARIA PRIETO DE TÁLAMO.-
La Secretaria Temporal,

Lcda. MARIANGEL D. TÁLAMO P.-

En ésta misma fecha siendo las 11:30 a.m., se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.---------------------------------------------------------------------------------------

La Secretaria Temporal,

MPT/mt.-
Sol. Nro. 19-8.536.-










REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ TADEO MONAGAS Y SAN JOSÉ DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-

Quién suscribe Lcda. MARIANGEL D. TÁLAMO P., Secretaria Temporal de este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, CERTIFICA: La exactitud de la copia que sigue, la cual es traslado fiel y exacto de la SENTENCIA INTERLOCUTORIA de TITULO SUPLETORIO, dictada en la Solicitud signada con el Nro. 19-8.540, con destino al copiador de sentencias.-

Altagracia de Orituco, a los diecinueve (19) días del mes de Diciembre de dos mil diecinueve (2.019).- Años: 209° de la Independencia y 160° de la Federación.-


La Secretaria Temporal,

Lcda. MARIANGEL D. TÁLAMO P.-