REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, catorce (14) de octubre de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha dieciocho (18) de diciembre de dos mil quince (2015), este Juzgado, dictó sentencia Nº PJ0102015000201, declarando INAMIDSIBLE la presente acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano SERAFÍN EDUARDO LÓPEZ SANDOVAL (Cédula de Identidad Nº 8.616.735 e INPREABOGADO Nº 70.410), actuando en su nombre, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO y otros. Ahora bien, transcurrido con creces el lapso de apelación sin que las partes ejercieran dicho recurso, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar declara TERMINADA la causa, en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente constante de una (01) pieza conformada por cincuenta y uno (51) folios útiles.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA

Exp. Nº JP41-O-2015-000007
RADZ/GCAE/ydsp