REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, treinta (30) de octubre del dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º
Visto que en fecha veintidós (22) de febrero de dos mil dieciocho (2018), este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102018000013 en la que declaró SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos THOMAS ENRIQUE VELÁSQUEZ SANOJA (Cédula de Identidad Nº 18.974.085 e INPREABOGADO Nº 193.737) y ZENAIDA COROMOTO SALAZAR GONZÁLEZ (Cédula de Identidad Nº 11.670.189 e INPREABOGADO Nº 193.108), contra la ciudadana YENI DEL CARMEN DÍAZ ORTÍZ (Cédula de Identidad Nº 11.846.187) en su carácter de Fiscal Superior del estado Bolivariano de Guárico, y por cuanto contra el aludido fallo no se interpuso recurso alguno y no queda nada pendiente por ejecutar este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, constante de una (01) pieza principal conformada por ciento cuatro (104) folios útiles.
El Juez
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA
Exp. JP41-O-2018-000001
RADZ/GCAE/ngga