REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, nueve (09) de octubre de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Visto que en fecha veinticuatro (24) de septiembre de dos mil diecinueve (2019), este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102019000049 en la cual declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella funcionarial interpuesta por la abogada María Evelia ESPINOZA MÉNDEZ (INPREABOGADO Nº 89.703), actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana CARMEN GULIVET SOSA DE FLORES (Cédula de Identidad Nº 8.634.857), contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN y ordenó notificar a las partes de la aludida decisión, en virtud de lo cual, este Tribunal libra las notificaciones respectivas. Líbrense oficios y boleta.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,

Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA


Exp. JE41-G-2012-000014
RADZ/GCAE/ydsp