REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veinticuatro (24) de septiembre de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º
Visto que en fecha veinte (20) de febrero de dos mil dieciocho (2018), este Juzgado, dictó sentencia Nº PJ0102018000012 en la que declaró SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano JOSÉ ÁNGEL HERNÁNDEZ FERREIRA (Cédula de Identidad Nº V-.11.369.477), asistido de abogado, contra el CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (CICPC) y transcurrido con creces el lapso de apelación sin que las partes lo ejercieran, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar declara TERMINADA la causa, en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente constante de una (01) pieza conformada doscientos cincuenta y cinco (255) folios útiles y un (01) Cuaderno de Antecedentes Administrativos contentivo de treinta y cuatro (34) folios útiles
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA
Exp. Nº JP41-G-2016-000027
RADZ/GCAE/ydsp