REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiséis (26) de septiembre de dos mil diecinueve (2019)
209º y 160º

Visto que en fecha diecisiete (17) de septiembre de dos mil diecinueve (2019), este Juzgado, dictó sentencia Nº PJ0102019000041 en la que declaró el DECAIMIENTO DEL OBJETO en el Recurso de Nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado Nelson José LIRA ROMERO (INPREABOGADO Nº 79.432), actuando con el carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos MIGUEL ANTONIO PÉREZ, LUÍS DÍAZ TAVERA y ROSA CORDERO (Cédula de Identidad Nros. V-8.559.125, V-7.281.505 y V-8.825.104), contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO MONAGAS DEL ESTADO GUÁRICO y transcurrido con creces el lapso de apelación sin que las partes lo ejercieran, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar declara TERMINADA la causa, en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente constante de una (01) pieza conformada doscientos catorce (214) folios útiles, un (01) Cuaderno de Antecedentes Administrativos contentivo de diecisiete (17) folios útiles y un (01) Cuaderno Separado contentivo de ciento ochenta y cuatro (184) folios útiles
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,




Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA

Exp. Nº JE41-G-2009-000122
RADZ/GCAE/ydsp