REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, catorce (14) de enero de dos mil veinte (2020)
209º y 160º

Vista la diligencia de fecha diecinueve (19) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), mediante la cual la ciudadana ANGELA TERESA BELLO DE PEÑA (Cédula de Identidad Nº 12.840.758), asistida por el abogado Carlos SALOMÓN (INPREABOGADO Nº 257.847), apeló de la sentencia Nº PJ0102019000091, dictada por este Juzgado el dieciocho (18) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), en la que declaró INADMISIBLE el recurso de nulidad interpuesto por la aludida ciudadana, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO.
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida, por tanto, se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados Nacionales Primero y Segundo Contencioso Administrativo de La Región Capital como órgano ad quem, según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficio respectivo.
El Juez Temporal,



Abog. ASTROBERTO H. LÓPEZ LORETO
La Secretaría,



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA



Exp. Nº JP41-G-2019-000020
AHLL/GCAE/ngga