REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dieciséis (16) de enero de dos mil veinte (2020)
209º y 160º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha cinco (05) de octubre de dos mil diecisiete (2017), la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo por medio de fallo ordenó la reposición de la causa, manifestando: “…al estado que el Iudex A Quo conozca la incidencia recaída en el presente asunto, quien deberá fijar la oportunidad para la celebración del acto de nombramiento de expertos…”

Visto lo anterior y estando en la oportunidad procesal correspondiente, este Juzgado, en estricta sujeción a los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) en coordinación con los artículos 452 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Vigente (CPC) procede a fijar la oportunidad para la celebración del acto del nombramiento de expertos, oportunidad que se materializará al tercer (3er) día de despacho siguiente a que conste en autos las notificaciones respectivas, a las 10 a.m.

En la oportunidad fijada supra las partes presentaran las constancias de aceptación de los expertos, sus credenciales, trataran de acordar el nombramiento de estos, definirán de común acuerdo si solo se designará uno, todo a los fines del cumplimiento del artículo 454 del CPC, en virtud de lo cual, este Tribunal libra las notificaciones respectivas. Líbrense oficios y boleta.
El Juez Accidental,


Abog. ASTROBERTO H. LÓPEZ LORETO
La Secretaría,


Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA
Exp. Nº JE41-G-2004-000058
AHLL/GCAE/ydsp