REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de febrero de dos mil veinte (2020)
209º y 160º

Visto que en fecha trece (13) de noviembre de dos mil dieciocho (2018), este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102018000071, en la que declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano RIAMNYS ALBERTO BOLÍVAR APONTE (Cédula de Identidad Nº 19.343.417), entonces asistido por la abogada Ayaris Coromoto SOSA DE SEGOVIA (INPREABOGADO Nº 135.756), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO), y transcurrido con creces el lapso de apelación sin que las partes lo ejercieran, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar declara TERMINADA la causa y en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente conformado una (01) pieza principal constante de ciento tres (103) folios útiles y un (01) cuaderno separado contentivo del Expediente Disciplinario el cual consta de ciento quince (115) folios útiles

El Juez



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA



Exp. JP41-G-2016-000022
RADZ/GCAE/rvro