REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, once (11) de febrero de dos mil veinte (2020)
209º y 160º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha trece (13) de marzo de dos mil diecisiete (2017), este Juzgado, declaró DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia Nº PJ0102016000006 publicada el veintiséis (26) de enero de dos mil dieciséis (2016), y TERMINÓ el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana ADRIANA ANTONIA TRIVIÑO LANDIN (Cédula de Identidad Nº 10.668.070), asistida de abogada, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (POLICÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO), ahora bien, el cuatro (04) y veintidós (22) de mayo de dos mil diecisiete (2017), la parte actora mediante diligencia solicitó copias certificadas de varios folios del presente asunto, acordándolas este Tribunal por medio de autos del diez (10) y veinticuatro (24) de mayo de dos mil diecisiete (2017) y dejando constancia la querellante de aceptar conforme dichas copias el veintidós (22) de mayo y el veintiocho (28) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), en consecuencia, se ORDENA el cierre y archivo del presente asunto, conformado por una (01) pieza principal constante por ochenta y cinco (85) folios útiles, y un cuaderno separado contentivo del Procedimiento Disciplinario constante de ciento siete (107) folios útiles.


El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA


Exp. Nº JP41-G-2015-000081
RADZ/GCAE/rvro