REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diecisiete (17) de febrero de dos mil veinte (2020)
209º y 160º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto se evidencia que en fecha treinta y uno (31) de julio de dos mil diecisiete (2017), este Juzgado dicto sentencia Nº PJ0102017000094, en la que declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano CARLOS LUÍS MARTÍNEZ ABREU (Cédula de Identidad Nº 14.239.467), asistido de abogada, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, dicha decisión ordenó la notificación de las partes, las cuales fuerón libradas el dieciocho (18) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), y consignadas al expediente el ocho (08) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), por lo que transcurrido con creces el lapso de apelación sin que las partes lo ejercieran, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada, y no quedando nada por ejecutar en el presente asunto, se declara TERMINADA la causa, en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del presente asunto constante de una (01) pieza principal conformada por ciento dieciséis (116) folios útiles y un cuaderno separado contentivo del Expediente Disciplinario constante de cuarenta y uno (41) folios útiles .
El Juez



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA


Exp. JP41-G-2016-000044
RADZ/GCAE/rvro