REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diecisiete (17) de febrero de dos mil veinte (2020)
209º y 160º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha veintidós (22) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), este tribunal dictó sentencia que declaró HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento planteado por el abogado Antonio José ACOSTA GUZMÁN (INPREABOGADO Nº 71.029) actuando en representación de la ciudadana BELKYS MERCEDES ORTEGA DE VILLANUEVA (Cédula de identidad Nº 11.116.207), contra la DIRECCIÓN ESTADAL GUÁRICO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE OBRAS PÚBLICAS; dicha decisión ordenó la notificación de las partes, las cuales fueron libradas el uno (01) de diciembre de dos mil diecisiete (2017) y el catorce (14) de mayo de dos mil dieciocho (2018) fueron consignadas, por lo que, transcurrido con creces el lapso de apelación sin que las partes lo ejercieran, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar declara TERMINADA la causa, en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente contentivo de una (01) pieza principal conformada por ciento seis (106) folios útiles.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA

Exp. Nº JP41-G-2017-000048
RADZ/GCAE/akte