REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diecinueve (19) de febrero de dos mil veinte (2020)
209º y 160º
De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha trece (13) de agosto de dos mil doce (2012), este Juzgado dictó sentencia en la que declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogado Rosa María VERMIGLIO (INPREABOGADO Nº 45.056), actuando con el carácter de Apoderado Judicial del INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI), contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE SAN JUAN DE LOS MORROS ESTADO GUÁRICO y transcurrido con creces el lapso de apelación sin que las partes lo ejercieran, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada, y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar en el presente asunto declara TERMINADA la causa, en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente contentivo de una (01) pieza principal constante de ciento catorce (114) folios útiles.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA
Exp. Nº JE41-G-2004-000047
RADZ/GCAE/akte