REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de febrero de dos mil veinte (2020)
209º y 160º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto se evidencia que en fecha veintiséis (26) de junio del año dos mil siete (2007), el entonces Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Macaray, estado Aragua (hoy Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), dictó sentencia en la que se declaró CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano RICARDO ANTONIO JIMÉNEZ MARTÍNEZ (Cédula de Identidad Nº 4.310.689) asistido de abogado, contra el FONDO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO GUÁRICO (FONVIALGUA). Este Tribunal en fecha siete (07) de agosto de dos mil diecinueve (2019) solicitó información al Órgano querellado respecto al cumplimiento de la sentencia, y en virtud de no haber recibido respuesta de lo solicitado, es por lo que se ratifica la solicitud de información respecto al cumplimento de la sentencia dictada en el presente asunto, y se ORDENA oficiar al Procurador General del estado Bolivariano de Guárico, a los fines que informe si se dio cumplimiento al referido fallo, para lo cual se le otorga un lapso de diez (10) días de despacho, lapso que comenzará a computarse una vez conste en autos su notificación. Líbrese oficio.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA

Exp. Nº JE41-G-2006-000124
RADZ/GCAE/akte