REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de febrero de dos mil veinte (2020)
209º y 160º

Visto que en fecha doce (12) de diciembre del año dos mil diecinueve (2019), este Juzgado dicto sentencia Nº PJ0102019000088, en la que se declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano ROGELIO RONDÓN (Cédula de Identidad Nº 5.894.517) asistido por el abogado Joel José SALAZAR ROSALES (INPREABOGADO Nº 203.577), contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, y por cuanto contra el aludido fallo no se interpuso recurso alguno, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada.
El Juez



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA





Exp. JP41-G-2017-000012
RADZ/GCAE/rvro