REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de marzo de dos mil veinte (2020)
209º y 161º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha quince (15) de marzo de dos mil doce (2012), la parte demandante consigno diligencia mediante la cual desitió del procedimiento, en consecuencia para el veinte (20) de marzo de dos mil doce (2012), el tribunal Superior en lo Civil, (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua), dictó sentencia en la que declaró HOMOLOGADO el desistimiento efectuado en la demanda por derecho de autor interpuesta por el ciudadano MARIO JOSÉ HERNÁNDEZ GUILARTE (Cédula de Identidad Nº 11.010.071), asistido de abogado, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO, y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar, este Tribunal declara TERMINADA la causa, ordenando el cierre y archivo del expediente contentivo de una (01) pieza principal conformada por ciento diez (110) folios útiles.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA

Exp. Nº JE41-G-2012-000015
RADZ/GCAE/akte