REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de marzo de dos mil veinte (2020)
209º y 161º

De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha once (11) de junio de dos mil diecinueve (2019), este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102019000020 en la cual declaró INADMISIBLE la demanda por estimación e intimación de honorarios profesionales interpuesta por el abogado Natanael Antonio FUENTES OTALVARO (INPREABOGADO Nº 226.185), actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JUSTINO RAMÓN CASTILLO MARÍN y EDINSON JOSÉ RÍOS FIGUEREDO (Cédula de Identidad Nros 9.883.702 y 10.671.091), respectivamente, contra el TRIBUNAL DISCIPLINARIO DEL SINDICATO DE EMPLEADOS ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO (SINEAGEG), y transcurrido con creces el lapso de apelación sin que las partes lo ejercieran, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar declara TERMINADA la causa, en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente contentivo de una (01) pieza principal constante de ciento ochenta y cinco (185) folios útiles.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA

Exp. Nº JP41-G-2019-000001
RADZ/GCAE/akte