REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, cinco (05) de marzo de dos mil veinte (2020)
209º y 161º
De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia, que el diecinueve (19) de diciembre de dos mil diecisiete (2017), este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102017000152 en la que declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la demanda interpuesta por el abogado Carlos Alejandro BRITO HERNÁNDEZ (INPREABOGADO Nº 196.669), actuando con el carácter de Síndico Procurador de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, contra INVERSIONES AGAFICA, C.A. dicha decisión ordenó la notificación de las partes, las cuales fueron libradas el once (11) de enero de dos mil dieciocho (2018), y el dieciocho (18) de enero de dos mil dieciocho (2018), fueron consignadas al expediente, y transcurrido con creces el lapso de apelación sin que las partes lo ejercieran, este Tribunal, declara DEFINITIVAMENTE FIRME la sentencia antes mencionada y por cuanto no queda nada pendiente por ejecutar declara TERMINADA la causa, en consecuencia, se ordena el cierre y archivo del expediente contentivo de una (01) pieza principal constante de cuarenta y ocho (48) folios útiles.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,
Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA
Exp. Nº JP41-G-2016-000030
RADZ/GCAE/akte