REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cinco (05) de marzo de dos mil veinte (2020)
209º y 161º

Visto que en fecha cuatro (04) de marzo de dos mil veinte (2020), se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado, diligencia suscrita por los abogados Ciro José CASTRO ROJAS y Pedro Elias NEDER TABARES (INPREABOGADO Nros 30.009 y 279.212) respectivamente actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana JUDITH RAQUEL CARABALLO TORRES (Cédula de Identidad Nº 13.875.965), mediante la cual apelaron de la sentencia Nº PJ0102020000011, dictada por este Juzgado en fecha veinte (20) de febrero de dos mil veinte (2020), en la cual declaró SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta, contra el FONDO DE DESARROLLO REGIONAL DEL ESTADO GUÁRICO (FONDER), y ordenando notificar de la misma. Este Tribunal por cuanto no consta en autos las notificaciones a la parte querellada de dicha sentencia, se abstiene de emitir pronunciamiento respecto al recurso ejercido hasta tanto conste en el expediente todas las resultas de las notificaciones de la referida decisión, y se insta a las parte a consignar los fotostatos necesarios para las debidas notificaciones.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria,


Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA


Exp. Nº JP41-G-2019-000003
RADZ/GCAE /akte