REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diecinueve (19) de octubre de dos mil veinte (2020)
210º y 161º


Revisada como han sido las actas que conforman al presente asunto, se evidencia que, en fecha 09 de mayo de 2019, la Comisión judicial del Tribunal Supremo de Justicia acordó concederle el disfrute de vacaciones al abog. Rafael Antonio Delce Zabala, Juez de este Órgano Jurisdiccional, correspondiente al periodo 2019-20250, y en virtud de la culminación y la reincorporación a sus actividades laborales el aludido Juez, se ABOCA al conocimiento de la presente causa.
Ahora bien, desde el trece (13) de marzo de dos mil veinte (2020), conforme lo ordenado en la Resolución Nº 00001-2020 emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, todas las causas se suspendieron, por lo que no transcurrieron los lapsos procesales, la Resolución Nº 000007-2020 de fecha primero (01) de octubre del presente año, emanada de la mencionada Sala, reanuda los despachos de los Tribunales, por los que las causas dejan de estar en suspenso, y a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva, el debido proceso, el principio de inmediación, este Juzgado ordena la reanudación de la causa al estado de fijar la audiencia definitiva, y se ordena notificar a las partes, una vez conste en autos la última de las notificaciones practicadas se dejaran transcurrir dos (02) días de despacho y procederá a transcurrir el lapso para fijar la fecha de la aludida audiencia. Líbrese oficio y boleta.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,


Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA
Exp. Nº JP41-G-2017-000061
RADZ/GCAE/ngga