REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, dieciocho (18) de agosto del dos mil veintiuno (2021)
211º y 162º
Visto que en fecha dos (02) de agosto del presente año, la abogada Suramy MARCANO (INPREABOGADO Nº 270.027), actuando con el carácter de Defensora Pública de la ciudadana NANCY YUDITH MEJIA MEDINA (Cédula de Identidad Nº 8.974.817), mediante diligencia solicitó: “…inste a la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada (UNEFA) para que calcule el monto del pago adeudado…” en virtud de que en fecha 09 de julio de 2019 mediante oficio 2019-079 se ordeno oficiar a la parte querellada a calcular dicho monto, notificación que fue recibida en fecha 15 de octubre de 2019, en relación a la sentencia Nº PJ0102018000044 que dictó este Juzgado en fecha 04 de junio de 2018, en la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana NANCY YUDITH MEJIA MEDINA (Cédula de Identidad Nº 8.974.817), asistida de abogado, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA DE LA FUERZA ARMADA (UNEFA),por lo que se ratifica el contenido de dicho oficio y se insta nuevamente a calcular el pago de los salarios dejados de percibir desde el momento de su separación del cargo hasta su efectiva reincorporación y que el monto antes referido sea determinado mediante experticia complementaria del fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria.
Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA
Exp. JP41-G-2017-000027
RADZ/RVRO/dnbg