REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cuatro (04) de agosto de dos mil veintiuno (2021)
211º y 162º

Visto que en fecha dos (02) de agosto del presente año, este Juzgado dictó sentencia Nº PJ0102021000026, en la cual se declaró COMPETENTE para conocer del presente recurso, DESISTIDA la apelación ejercida y CONFIRMA la decisión apelada, en el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano PEDRO ELÍAS NEDERR TABARES (Cédula de identidad Nº 9.887.901), asistido por el abogado Ciro José CASTRO ROJAS (INPREABOGADO Nº 30.009), contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Juan Germán Roscio y Ortíz de La Circunscripción Judicial del Estado Guárico de fecha 29 de abril del 2021 y ordenó remitir el expediente al Tribunal de origen. Se remite el asunto. Líbrese oficio.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria.



Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA





Exp. Nº JP41-R-2021-000001
RADZ/RVRO/dnbg