REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de diciembre de dos mil veintiuno (2021)
211º y 162º

De la revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto, se evidencia, que en fecha veintiocho (28) de octubre del dos mil cinco (2005), el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con Sede en Maracay Estado Aragua dictó sentencia en la que declaró SIN LUGAR la Querella Funcionarial interpuesta por el ciudadano CÉSAR ALFONSO FLEITAS MELÉNDEZ(Cédula de Identidad Nº 13.639.850) debidamente asistido por el abogado Orlando FARÍAS (INPREABOGADO Nº 54.280), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO CAMAGUÁNDEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO, asimismo, que en fecha veintidós (22) de Julio del año dos mil veintiuno (2021) el Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, en la Ciudad de Caracas se pronunció respecto al recurso de apelación ejercido por las partes en fecha catorce (14) de Junio de dos mil seis (2006), y declaró SU COMPETENCIA, así comoLA PÉRDIDA DEL INTERÉS y en CONSECUENCIA LA EXTINCIÓN DEL PROCESO, por lo que, no quedando nada pendiente por ejecutar, este Tribunal, declara TERMINADA la causa, ordenando el cierre y archivo del expediente constante de una (01) pieza principal conformada por ciento setenta y siete (177) folios útiles.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA La Secretaria,



Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA

Exp. Nº JP41-G-2021-000026
RADZ/RVRO/dnbg