REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de febrero de dos mil veintiuno (2021)
210º y 161º

Visto que en fecha veintiocho (28) de enero de dos mil veintiuno (2021), se recibió ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado, diligencia suscrita por la abogada Carmen SCOTT (INPREABOGADO Nº 82.555) actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARÍA DE JESÚS TORRES MACHILLANDA (Cédula de Identidad Nº 10.671.129), mediante la cual solicitó: “...copia certificada de lo inserto en los folios cuarenta y siete (47) hasta cincuenta y cuatro (54). Y solicito el desglose del expediente para retirar originales comprendidos desde el folio nº sesenta y ocho (68) hasta noventa y cinco (95)...”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos la certificación de las referidas copias desde el folio cuarenta y siete (47) hasta el cincuenta y cuatro (54), así como el desglose de los folios sesenta y ocho (68) hasta el noventa y cinco (95) por cuanto constan en original en el expediente, dejándo en su lugar, copia fotostática debidamente certificada.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria,



Abog. GLEIMAR C. ANDRADE ESTANGA




Exp. Nº JP41-G-2020-000001
RADZ/GCAE/rvro