REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiuno (21) de junio de dos mil veintiuno (2021)
211º y 162º

Visto que por auto de esta misma fecha, este Juzgado ordeno la REAPERTURA del presente asunto, a los fines de dejar constancia de la cantidad de piezas, con su respectivo numero exacto de folios, que conforman la presente causa, las cuales se desglosan de la siguiente manera: una (01) pieza principal constante de doscientos treinta y ocho (238) folios útiles y una (01) pieza correspondiente a un cuaderno separado de ochenta y dos (82) folios útiles, todo ello relacionado con el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el abogado Juan REYES LOZANO (IMPREABOGADO Nº 45.387), en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ANIBAL JOSÉ OLIVO FONSECA (Cédula de Identidad Nº 3.950.616), contra el INSTITUTO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO DE BARRIOS DE LAS MERCEDES DEL LLANO (IMVIMER) DEL MUNICIPIO LAS MERCEDES DEL LLANO DEL ESTADO GUÁRICO, y por cuanto no queda nada mas por ejecutar, este Tribunal ORDENA el cierre y archivo del presente asunto.
El Juez,


Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria.


Abog. ROSA V. RIVERA OCHOA
Exp. JE41-G-2009-000070
RADZ/RVRO/dnbg