REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSE TADEO MONAGAS Y SAN JOSE DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.
ALTAGRACIA DE ORITUCO
Actuando en Sede Civil

Altagracia de Orituco, 08 de Junio del Año 2.021.-

211º y 162º
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
ASUNTO: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO. SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
SOLICITANTES: JOSÉ GREGORIO NAVAS AROCHA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.213.701, respectivamente.-
ABOGADO ASISTENTE: CARLOS CASTRILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 155.872,-
NRO. DE SOLICITUD: 21-8599-
Nro. SENTENCIA: 02-08062021.-
I
Vista la solicitud presentada por el Ciudadano: JOSÉ GREGORIO NAVAS AROCHA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.213.701, de este domicilio, asistido por el Abogado en ejercicio CARLOS CASTRILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 155.872, a fin de que se declare TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre unas bienhechurías levantadas en una parcela de Terreno Municipal, al respecto este Tribunal observa lo siguiente:
II
Se evidencia de la AUTORIZACIÓN MUNICIPAL, consignada junto a la solicitud, que las bienhechurías se encuentran ubicadas en el Calle Principal del Sector San Juan, Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico, constante de una superficie de TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (387,97 Mts2/cm2), cuyos linderos y medidas son: Norte: Calle Principal que es su frente, en doce metros con cuarenta y cinco centímetros (12, 45 Mts/Cm); Sur: Solar y Casa de Benigno Armas, en once metros, con cincuenta centímetros (11,50 Mts); Este: Casa de Pablo García y Yusmary Seco, en treinta y cinco metros (35,00 Mts/Cm) y Oeste: Solar y Casa de Urbano Pimentel, en treinta y dos metros, con sesenta y cinco centímetros (32,65 Mts/Cm).- Asimismo, se toman en consideración las TESTIMONIALES de los Ciudadanos: CARMEN ONEIDA CARRANZA DE NAVAS y BLANCA LUCRECIA CARRANZA DE LORETO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.200.324 y V-4.441.021 respectivamente, las cuales son valoradas como levantamiento de las bienhechurías sobre el Terreno Municipal anteriormente identificado.-
III
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados de conformidad con lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en las reglas previstas para el procedimiento voluntario señalados en el Código Adjetivo, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, sobre las bienhechurías descritas a favor del Ciudadano: JOSÉ GREGORIO NAVAS AROCHA, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nro. V-2.213.701, de este domicilio. Dejándose a salvo los derechos de terceros.-
Expídanse copias certificadas por secretaría, que fueren menester a los solicitantes y devuélvanse estas actuaciones con sus resultas originales.-
Diarícese.- Publíquese.- Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los Artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1384 del Código Civil.- Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En Altagracia de Orituco, a los Ocho (08) Días del Mes de Junio de Dos Mil Veintiuno (2.021).- Años 211º de la Independencia y 162º de la Federación.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. PEDRO LUIS HERNÁNDEZ OLIVERO.-
EL SECRETARIO TEMPORAL,


Abg. DONNY REINALDO SILVA PEREIRA.-
En fecha 08/06/2021 siendo las 10:24 a.m., se REGISTRÓ Y PUBLICÓ la anterior sentencia.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
EL SECRETARIO TEMPORAL,



PLHO/drsp.-
Sol. Nro. 21-8599.-